TABERNAVERRI MARIA NOELIA C/ SPARKCLEAN S.R.L. Y OTRO/A S/ DESPIDO
La sentencia condena solidariamente a Sparkclean S.R.L. y al Banco de la Provincia de Buenos Aires a pagar $6.374.599,46 por despido injustificado, vacaciones no gozadas, preaviso y otros rubros, tras declarar la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928. La decisión se basa en la existencia de un vínculo laboral, la naturaleza de las tareas y la responsabilidad del Estado en la contratación y control del servicio de limpieza durante la pandemia. Además, se actualiza el importe por inflación y se ordena su depósito en la cuenta judicial, con costas y honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María Noelia Tavernaverri, demanda a "Sparkclean S.R.L." y al Banco de la Provincia de Buenos Aires por despido injustificado, diferencias salariales, vacaciones no gozadas, indemnizaciones y otros rubros derivadas de su relación laboral iniciada en abril de 2020. La sentencia establece que existió un vínculo laboral en relación con tareas de limpieza en la sucursal bancaria, con jornada reducida durante la pandemia, y que el despido, notificado en enero de 2022, fue injustificado y no discriminatorio. Se concluye que las normas de emergencia sanitarias (Res. 460/21) justifican el despido por negativa a vacunarse, en un contexto donde la actividad de limpieza, aunque no principal, es necesaria y vinculada a la actividad bancaria. La responsabilidad solidaria del Banco se basa en su delegación de tareas y en el incumplimiento de control de las obligaciones laborales y previsionales por parte de la entidad bancaria. Además, se reconoce la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la actualización de créditos y se ordena actualizar el monto de condena por inflación, aplicando el IPC del INDEC desde la fecha de exigibilidad. La suma total a pagar asciende a $6.375.599,46, con intereses al 6% anual, y se declara la responsabilidad solidaria del banco junto con la empleadora en la satisfacción de la condena. La sentencia además rechaza reclamos por daños por discriminación y las demandas de consignación, impone costas a ambas partes, regula honorarios y ordena el depósito del monto en la cuenta judicial.
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