AMARILLA RODRIGUEZ AMADO ALEXI C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Cámara de Primera Instancia en lo Laboral revoca la decisión inicial y establece que AMADO ALEXI AMARILLA RODRIGUEZ presenta una incapacidad parcial y permanente del 16,65% vinculada al accidente laboral del 6/3/2024, condenando a la aseguradora a pagar la indemnización correspondiente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, AMADO ALEXI AMARILLA RODRIGUEZ, demanda a PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA por un accidente laboral ocurrido el 6/3/2024 en el que sufrió lesiones oculares. La Comisión Médica N°38 dictaminó que no posee incapacidad, pero la prueba pericial médica en esta instancia revela que el actor presenta una incapacidad física del 10% y una incapacidad psíquica del 10%. La magistratura, tras valorar la prueba y en base a la normativa vigente, concluye que la incapacidad total y permanente es del 16,65%, con relación causal al accidente. La sentencia revoca la resolución de la Comisión Médica y reconoce la existencia de una incapacidad parcial y permanente, condenando a la aseguradora a abonar la indemnización prevista por ley, incluyendo intereses y costas. Fundamentos principales: "De las constancias del expediente surge que la contingencia fue aceptada como accidente de trabajo y se brindaron prestaciones en especie. La prueba pericial médica, ratificada en esta instancia, determina que el actor presenta una incapacidad del 10% física y 10% psíquica, en relación causal con el accidente. La valoración integral de la incapacidad, considerando la edad, la etiología y la gravedad del daño, resulta en un porcentaje de 16,65%, que debe ser reconocido en la sentencia." Asimismo, se destaca que "el sistema de riesgos del trabajo prevé la reparación integral del daño y la protección del trabajador accidentado, por lo que la interpretación del informe pericial y la valoración de la incapacidad son elementos esenciales para la determinación de la indemnización."
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