ESPINOLA MELINA SOLEDAD C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCION DE REVISION RESOLUCION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 15057
La Cámara de Apelación en lo Laboral confirmó la sentencia que reconoce una incapacidad del 15,68% a favor de la actora por accidente laboral, condenando a la Provincia de Buenos Aires a pagar una indemnización de más de 2,1 millones de pesos. La decisión se fundamentó en la valoración pericial y la ley de riesgos del trabajo.
- Quien demanda (Actor): Melina Soledad Espinola
Demandado: Provincia de Buenos Aires, Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires
Objeto: Indemnización por incapacidad laboral del 15,68% derivada de accidente en cumplimiento de tareas laborales, con base en la ley 24.557 y ley 26.773.
Decisión: La Cámara hizo lugar a la acción, estableció la incapacidad en 15,68%, y condenó a la Provincia de Buenos Aires a pagar la suma de 2.197.825 pesos en concepto de indemnización, con intereses y costas. La sentencia consideró la pericia médica, que determinó la incapacidad y su relación causal, y rechazó los planteos de inconstitucionalidad y la aplicación del DNU 669/19.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El informe pericial determina que la actora presenta incapacidad del 20,17%, que fue impugnado parcialmente por la aseguradora, y que, tras ponderación, corresponde asignar un 15,68% de incapacidad vinculada a la contingencia." "El reconocimiento del accidente como de trabajo y la relación causal permiten la procedencia de la indemnización prevista en el art. 14 inc. 2 a) de la ley 24.557." "Se aplican los parámetros del precedente 'Musychuk' de la SCBA, excluyendo la aplicación del DNU 669/19 por tratarse de una circunstancia específica de la presente causa." "Se calcula la suma indemnizatoria en base a las tablas vigentes y el ingreso base correspondiente, estableciendo un monto de 2.197.825 pesos, con intereses según tasa activa del Banco de la Nación Argentina." "Las costas se imponen a la parte demandada, y se regulan honorarios en los porcentajes y montos establecidos."
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