LEDESMA MAURO MATIAS C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La sentencia reconoce la reclamación por incapacidad laboral del actor y condena a la aseguradora a pagar una indemnización de $10.900.495,22 por incapacidad parcial, permanente y definitiva del 26.24% derivada de un accidente en marzo de 2023 en el marco de la ley de riesgos del trabajo.
¿Quién es el actor?
Mauro Matías Ledesma, trabajador de la Municipalidad de Malvinas Argentinas.
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por incapacidad psicofísica del 26.24% en relación con un accidente ocurrido el 16/3/2023, y reconocimiento de la contingencia como accidente de trabajo.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de revisión y se condenó a la aseguradora a pagar la suma de $10.900.495,22, calculada en base a un ingreso base actualizado, considerando incapacidad del 26.24%. La sentencia también impuso costas a la demandada y reguló honorarios profesionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El perito determinó que la actora presenta incapacidad del 33.5% en relación causal con el accidente, y se asignó un 26.24% de incapacidad total considerando las diferentes limitaciones. La jurisprudencia y la normativa aplicable, en particular la ley 24.557, avalan la procedencia de la indemnización, dado que la incapacidad es parcial, permanente y definitiva." "Se establece que la contingencia fue aceptada como accidente de trabajo, y que la incapacidad fue determinada mediante pericia que mantiene su validez frente a las impugnaciones. La cuantificación de la indemnización se ajusta a los parámetros del Baremo LRT y la legislación vigente, con actualización del ingreso base y aplicación de intereses." "Asimismo, la sentencia descarta la aplicabilidad del DNU 669/19 y de doctrina de la Suprema Corte en otros casos, en virtud del marco legal específico del sistema de riesgos del trabajo y las particularidades del caso."
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