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SANCHEZ OSCAR EDUARDO C/ SERVICIOS INDUSTRIALES PUNTA ALTA S.A. S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

La homologación de acuerdo entre las partes en un proceso laboral por 14 millones de pesos. La Cámara homologó el acuerdo, confirmando que no vulnera principios de orden público y cumple con la normativa legal aplicable, con efectos de cosa juzgada.

Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Proceso laboral Homologacion de acuerdo Ley 6716 Ley 14967 Ley 15057 Efectos de cosa juzgada Acuerdos conciliatorios Monto y forma de pago

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, SANCHEZ OSCAR EDUARDO, demanda a SERVICIOS INDUSTRIALES PUNTA ALTA S.A. en el marco de un proceso de homologación de convenio. La Cámara, tras analizar el acuerdo, decide homologarlo por la suma de $14.000.000, considerando que no vulnera principios de orden público y que la conciliación es un modo válido de finalizar el proceso. La resolución destaca que el acuerdo cumple con las pautas establecidas respecto a monto y forma de pago, y que la homologación produce efectos de cosa juzgada. La decisión está fundamentada en que el acuerdo no vulnera principios de orden público, constituyendo una justa composición de derechos e intereses, y en la normativa del art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y art. 30 de la ley del fuero. Se señala además que los honorarios de los profesionales y las regulaciones pertinentes fueron debidamente considerados y que se ordena la apertura de una cuenta judicial y la notificación correspondiente. La resolución también destaca que la homologación se realiza en cumplimiento de la normativa vigente y que los aspectos procesales, como honorarios y aportes, serán regulados y notificados según lo previsto en la ley 14967 y ley 6716.

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