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DIAZ GUSTAVO RAIMUNDO C/ MUNICIPALIDAD DE LANUS S/ PRETENSIÓN ANULATORIA Y PRETENSIÓN RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS.

La sentencia declara la nulidad de los decretos de cesantía y ordena la reincorporación del actor, además de reconocer daño moral y salarios caídos. El tribunal analiza vicios en la notificación, irregularidades en los procedimientos disciplinarios y la ilegalidad del acto.

Danos y perjuicios Debido proceso Tutela judicial efectiva Irregularidades Notificacion defectuosa Nulidad de acto administrativo Responsabilidad administrativa Derechos laborales Procedimiento disciplinario Cesantia ilegitima

¿Qué se resolvió en el fallo?

Gustavo Raimundo Diaz demanda a la Municipalidad de Lanús por la nulidad de los decretos que dispusieron su cesantía, reclamando reincorporación, pago de haberes caídos, intereses, y indemnización por daño moral. La sentencia concluye que los decretos 4391/18 y 4396/18 son nulos por irregularidades en las notificaciones, vicios en el procedimiento disciplinario y en la motivación del acto, afectando garantías constitucionales y derechos del actor. Se destaca que las notificaciones no fueron efectuadas en su domicilio registrado, lo que vulnera el debido proceso y la tutela judicial efectiva. La evaluación de las pruebas revela que no se respetaron las garantías del derecho a defensa, especialmente en las etapas de indagatoria y notificación, y que los sumarios administrativos carecieron de idoneidad y legalidad. La Justicia ordena la reincorporación del actor en el plazo de 60 días y el pago de daños morales y salarios caídos, con intereses, estableciendo además las costas a la demandada. Fundamentos principales: Se detectan graves irregularidades en la notificación y en el procedimiento disciplinario, violando el debido proceso y el principio de legalidad. La ley 14.656 prohíbe la aplicación retroactiva de normas penales y disciplinarias, y en este caso, se aplicó de manera retroactiva al acto sancionatorio, vulnerando garantías constitucionales. La falta de notificación fehaciente de los actos administrativos, sumada a la omisión de notificar la finalización del sumario y la falta de oportunidad para ofrecer defensa, invalidan los decretos de cesantía. La jurisprudencia recuerda que la notificación debe garantizar conocimiento efectivo y oportuno, y que su incumplimiento implica nulidad. Además, la existencia de irregularidades en las etapas de indagatoria y en la acumulación de causas disciplinarias afecta la validez del acto administrativo. La sentencia también reconoce la existencia de daño moral por la afectación a derechos constitucionales, y fija una indemnización de $100.000.

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