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SANTAELLA DANIEL ALEJANDRO C/ DES SA S/ INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO

La Cámara de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de La Plata confirmó la verificación del crédito laboral a favor de Santaella, ordenando su pago con privilegio y el devengamiento de intereses, y declaró la cuestión del pronto pago como abstracta.

Intereses Pago Quiebra Sentencia firme Verificacion de credito Concurso Credito laboral Privilegio Proceso incidental Ley 24.522

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Daniel Alejandro Santaella, promovió demanda incidental de verificación de crédito contra la quebrada “DES S.A.”, solicitando el reconocimiento de un crédito total de $132.761,68, derivado de una sentencia laboral firme que condenó a la demandada a abonar diversos conceptos laborales, con privilegio y devengamiento de intereses. La sindicatura de intervención y la parte demandada no formularon oposición efectiva, y la sentencia de primera instancia declaró verificado el crédito, ordenando su pago con intereses hasta el efectivo pago y considerando la cuestión del pronto pago como abstracta. La decisión se fundamentó en que la sentencia laboral constituía título ejecutorio hábil, y en la naturaleza del proceso de verificación de créditos en concursos y quiebras, reconociendo la validez del crédito y su privilegio laboral, además de ordenar el devengamiento de intereses desde la fecha del despido hasta el pago efectivo. La sentencia además dispuso que las costas se imponen en el orden causado y diferirá la regulación de honorarios para cuando la resolución quede firme. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "El incidente de verificación de créditos es un verdadero proceso de conocimiento de naturaleza contenciosa, que tiene por finalidad declarar la calidad de acreedor del actor, con relación al concursado y frente a los demás acreedores de corresponder, fijando su posición relativa a ellos, y otorgarle derecho a participar en el cobro del dividendo que le corresponda en la distribución final, con arreglo a su graduación." "En ese sendero, se ha dicho que el juicio individual mediante la verificación del crédito, queda sometido de ese modo a las disposiciones de la ley concursal, que es la única vía que podría conducirla a obtener la admisibilidad y satisfacción de su acreencia." "El crédito resultante, que asciende a la suma de $132.761,68, debe considerarse verificado con privilegio, dado su origen laboral, y con devengamiento de intereses desde la fecha del despido hasta el efectivo pago, conforme a la normativa aplicable y la sentencia laboral firme." "Respecto a la cuestión del pronto pago, se declara su carácter abstracto por la distribución definitiva de fondos, no quedando remanente para nuevos créditos ni para constituir reserva." "Las costas del incidente se imponen en el orden causado, y se difiere la regulación de honorarios hasta que la sentencia quede firme."

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