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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VILLAGRA MICAELA S/ COBRO EJECUTIVO

La sentencia ordena el cobro ejecutivo de $67.847,81 por saldo de tarjeta de crédito, con intereses desde la mora del 05/11/2018, y condena al ejecutado al pago, incluyendo la incorporación del IVA sobre los intereses. La resolución confirma la validez del título ejecutivo y la procedencia de la ejecución.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Banco de la Provincia de Buenos Aires, demanda a la ejecutada, Micaela Villagra, en un proceso de cobro ejecutivo por un saldo de tarjeta de crédito. La causa se funda en la existencia de un título ejecutivo que acredita una deuda de $67.847,81, con intereses desde la mora del 05/11/2018, y en la naturaleza de la operación como consumo, específicamente en un servicio de tarjeta de crédito. La sentencia resolvió hacer lugar a la ejecución y ordenar el pago del monto reclamado, incluyendo los intereses y el IVA correspondiente, considerando que la operatoria de tarjeta de crédito es un hecho imponible del gravamen del IVA y que no era necesario realizar indagaciones adicionales sobre causas que desbordan el título ejecutivo. La resolución fundamenta que las operaciones de consumo, como en este caso, se ajustan a la normativa aplicable y que la condena debe incluir el IVA sobre los intereses devengados. Además, se dispuso que las costas son al ejecutado, que la regulación de honorarios se difiere hasta la liquidación judicial, y que el domicilio del demandado se constituye en los estrados del juzgado. Fundamentos principales: "Por ello, conforme a lo pedido y lo dispuesto por el art. 540 y ccs. del CPCC, RESUELVO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado VILLAGRA MICAELA haga a la parte acreedora BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de $67.847,81 (...) Los intereses desde la mora operada el 05/11/2018; es decir, del día del vencimiento del resumen impago, hasta el efectivo pago, y que fijo -por todo concepto
- en lo oportunamente pactado entre las partes; en tanto y en cuanto, por el porcentaje total convenido, no supere una vez y media la tasa de interés activa que cobra Banco de la Provincia de Buenos Aires, en sus operaciones de descuento a treinta días para el tipo de moneda convenida (...)" "Asimismo, atendiendo a las particularidades del título en ejecución, donde nos encontramos frente a típicas operaciones de consumo, como es el servicio de tarjeta de crédito, no resulta necesario en este caso acudir a ninguna indagación previa acerca de causas que desbordan los instrumentos que configuran el título ejecutivo, pues raudamente puede colegirse que la operatoria que vincula a

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