ASTONE MARIA DE LOS ANGELES C/ TORRES SANTIAGO DARIO S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
El acuerdo homologatorio en un proceso por daños y perjuicios por lesiones automovilísticas. La Cámara homologó el acuerdo alcanzado entre las partes y dispuso la regulación de honorarios y costas, confirmando el acuerdo conciliatorio y liquidando los honorarios y tasas correspondientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, María de Los Ángeles Astone, y la demandada en garantía, Santiago Darío Torres, alcanzaron un acuerdo conciliatorio en un juicio por daños y perjuicios derivados de lesiones en un accidente automovilístico. La Cámara homologó dicho acuerdo, considerando las constancias de autos y la presentación del acuerdo en formato pdf, en cumplimiento del art. 308 del C.P.C.C. La homologación implica que el acuerdo es válido y vinculante, y que las partes se someten a sus términos. La sentencia dispone además la imposición de costas a la citada en garantía y regula los honorarios de los letrados y la mediadora prejudicial, en base a la suma de $2.500.000, acordada entre las partes. La resolución también incluye la regulación de honorarios profesionales, en particular los honorarios de la mediadora, y la liquidación de la tasa de justicia por un monto de $55.000. La sentencia hace referencia a la normativa aplicable, incluyendo la ley 14.967 y el Dec. Reg. 600/2021, y establece los procedimientos para la notificación y el pago de honorarios y tasas, con las formalidades y plazos correspondientes. La homologación del acuerdo y la regulación de honorarios finalizan con la notificación y la apertura de la cuenta bancaria para el pago.
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