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GONZALEZ MARIA LUISA C/ GONZALEZ ERIKA S/ DESALOJO FALTA DE PAGO

La demanda de desalojo promovida por María Luisa González contra Erika González y otros ocupantes fue aceptada, ordenándose el desalojo en 10 días, fundamentándose en la acreditación de la propiedad y la rebeldía de los demandados, con costas a la parte vencida.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, María Luisa González, promovió demanda de desalojo contra Erika González y otros ocupantes del inmueble ubicado en Bernardo de Monteagudo, alegando ocupación sin derecho tras constatación y notificación. La parte actora presentó título de propiedad y declaratoria de herederos que acreditan su titularidad. La rebeldía de los demandados se presume en virtud de su incomparecencia, y la documentación acompañada se da por reconocida. El tribunal concluye que la acción es procedente, ordenando el desalojo en diez días, con costas a la parte demandada. La sentencia fundamenta que la acción de desalojo procede cuando la ocupación es de intrusos o cuando existe obligación de restituir, y la documentación e informes acreditan la calidad de dueña. La rebeldía implica la presunción de veracidad de los hechos invocados por la actora. La sentencia fue dictada en un proceso en el que la parte demandada no compareció y fue declarada en rebeldía.

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