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GAONA FRANCO AMADA C/ AGUIAR RODAS AMANDA REBECA Y OTROS S/ DESALOJO FALTA DE PAGO

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Quilmes confirma la sentencia de primera instancia que ordena el desalojo del inmueble por falta de pago y graves incumplimientos del contrato de locación. La decisión se sustenta en el incumplimiento del contrato y en la declaración de rebeldía de los demandados.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Amada Gaona Franco, demanda el desalojo del inmueble ubicado en Ribereña Las Piedras 6528, Quilmes, por falta de pago y graves incumplimientos del contrato de locación verbal iniciado en 2008. La demandada Amanda Rebeca Aguiar Rodas y otros ocupantes, fueron notificados de la demanda, pero no contestaron, lo que llevó a la declaración de rebeldía. La prueba anticipada y las declaraciones de la codemandada Liliana Rodas acreditan la ocupación precaria del inmueble por parte de los demandados, quienes no acreditaron pago alguno ni defensa válida. La sentencia de primera instancia ordenó el desalojo en un plazo de 10 días, con imposición de costas a los vencidos. La apelación no fue interpuesta, por lo que la sentencia se mantiene firme. La decisión se fundamenta en la normativa del Código Procesal Civil y Comercial y en la jurisprudencia que respalda la acción de desalojo por incumplimiento contractual y ocupación precaria, confirmando que los demandados carecían de derecho a permanecer en el inmueble y que la acción de desalojo procede.

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