TOLDO JUANA ESPERANZA C/ SARMIENTO MARIA MARTHA S/REVOCACION DE DONACIÓN POR INGRATITUD.
La Cámara revoca la donación por ingratitud en favor de María Martha Sarmiento debido a actos de violencia y vulneración de derechos de la actora. La decisión se fundamenta en la existencia de actos que configuran ingratitud conforme a la ley y jurisprudencia aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora Juana Esperanza Toldo demanda a María Martha Sarmiento para que se revoque la donación de un inmueble por ingratitud, alegando actos de violencia, injurias y conductas que vulneraron sus derechos personales y familiares.
- La demandada niega las injurias, malos tratos y conductas denunciadas, argumentando que los hechos son falsos y motivados por intereses familiares ajenos.
- El tribunal analizó las pruebas presentadas, incluyendo informes médicos, pericias psicológicas y antecedentes de violencia familiar, concluyendo que la relación entre las partes fue marcada por la falta de afecto, invasión de la privacidad y actos que vulneraron la dignidad de la actora, especialmente la colocación de cámaras sin consentimiento.
- Consideró que estos hechos constituyen ingratitud, en los términos del art. 1571 del CC, y que la conducta de la demandada afectó gravemente los derechos personalísimos de la actora, justificando la revocación de la donación.
- En consecuencia, hizo lugar a la demanda y revocó la donación con costas a la demandada por su condición de vencida.
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