ESQUIVO ERICA JOHANA S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)
El tribunal declaró la quiebra de Erica Johanna Esquivo, ordenó el apercibimiento, inhibiciones, y el desapoderamiento de sus bienes, además de medidas precautorias y de administración en el proceso de quiebra, todo conforme a la ley 24.522 y normativa vigente, para garantizar la administración y liquidación del pasivo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia declara la quiebra de Erica Johanna Esquivo, identificada con D.N.I. 37.930.033 y CUIT 27-37930033-8, con domicilio en calle 171 Nº1146 entre 520 y 521 de La Plata. La decisión se fundamenta en la acreditación del incumplimiento de pagos y la solicitud de la propia fallida, conforme a lo dispuesto en los arts. 288 incs 2 y 3 LCQ. Además, se ordena la inhibición general de bienes, la publicación de edictos en el Boletín Oficial, el desapoderamiento de sus bienes, y la prohibición de ausentarse del país, entre otras medidas precautorias. La resolución también determina el sorteo del síndico, la designación del auditor y las acciones para la verificación de créditos, estableciendo plazos y formalidades para la gestión del proceso. Se dispone además el cese de descuentos sobre los haberes de la fallida y la afectación de un 20% de sus ingresos para el pago de créditos anteriores a la quiebra. La sentencia concluye remitiendo los oficios necesarios y dejando constancia del carácter de los créditos y las medidas cautelares en marcha.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: