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LOPEZ FABIO DANIEL C/ LA MERCANTIL ANDINA S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de San Isidro confirmó la sentencia que condenó al demandado y a su aseguradora por daños y perjuicios en un accidente de tránsito, fundamentando la responsabilidad del conductor y la oponibilidad del límite del seguro.

Accidente de transito Dano moral Responsabilidad civil Limite de cobertura Incapacidad Seguro automotor Danos materiales Dano psiquico Responsabilidad del conductor Incomparecencia demandado

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Fabio Daniel López, demanda por daños y perjuicios a Matías Joel Perea, por un impacto ocurrido el 6/6/2020 cuando fue embestido en Av. Pte. Perón. La demandada negó los hechos, pero la prueba pericial, médica y psicológica, acreditó la ocurrencia del hecho, los daños físicos y psíquicos, y la relación causal. La incomparecencia del demandado Perea se presume como aceptación de los hechos relatados y documental. La Corte analizó la constitucionalidad de la ley de convertibilidad, rechazando la inconstitucionalidad por no evidenciar perjuicio. Se consideró la responsabilidad del conductor por la presunción de culpa, y la oponibilidad del límite de cobertura del seguro, con la condena de pago a favor del actor por $8.536.080, más intereses. La sentencia además impone costas a la parte demandada y la aseguradora. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "Considerando la responsabilidad del conductor por la presunción de culpa, dado que embistió con su parte delantera la parte trasera del vehículo detenido del actor, y la normativa aplicable que presume la culpa del que embiste desde atrás, resulta procedente la condena. La incomparecencia del demandado, que no contestó la demanda ni presentó pruebas, ratifica los hechos relatados y la responsabilidad del mismo." "En cuanto a la cobertura del seguro, la oponibilidad del límite contractual, conforme a la jurisprudencia, implica que la condena será en los términos y límites del contrato de seguro, salvo en lo que respecta a la garantía oponible a las víctimas, que se fija en la cobertura básica vigente." "Respecto a los daños, las pericias acreditaron el daño material en el vehículo, la lesión física y psíquica, y la incapacidad sobreviniente, razonablemente estimados en los montos señalados, considerando la edad del actor y las secuelas." "Los intereses se calculan a partir del hecho dañoso, con una tasa del 6% anual, y la condena se fija en la suma total de $8.536.080, más intereses, por los conceptos de daños materiales, lesiones, incapacidad, daño psíquico y moral."

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