...S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia dicta la ejecución de un pagaré sin protesto contra J. J. G., confirmando el monto de la deuda, intereses y condenando en costas, por incumplimiento del deudor en el plazo legal. La Cámara ordena el pago de $181.558,28, más intereses y costas, y declara constituido el domicilio en los estrados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte demandada, J. J. G., no opuso excepciones dentro del plazo legal, por lo que se le dio por perdido el derecho dejado de usar (art. 116 y 155 C.P.C.C.).
- La ejecución se basa en un pagaré sin protesto, configurándose la mora desde el 05-01-2024.
- Los intereses se calcularán conforme a lo pactado, con un tope del doble de la tasa activa desde la mora hasta el pago efectivo.
- Se aclara que los intereses devengan IVA, dado que los servicios financieros están gravados y no exentos.
- La sentencia ordena el pago de $181.558,28, intereses y costas, con regulación de honorarios pendiente y constitución del domicilio en los estrados.
- "Tratándose el documento base de la ejecución de UN PAGARÉ CON CLÁUSULA SIN PROTESTO, la mora se configura desde la fecha del vencimiento del mismo, en el caso de autos a partir del 05-01-2024."
- "Los intereses serán calculados conforme lo pactado por las partes, sin perjuicio de aplicar el tope previsto por nuestra Cámara Primera Departamental... desde la mora, producida el día 5/01/2024 y hasta el efectivo pago."
- "En cuanto al I.V.A., los servicios financieros están gravados dentro de la Ley que regula el referido impuesto y no acreditado en autos causa alguna que determine estar exenta la prestación financiera en cuestión."
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