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GOMEZ, LIDIA c/ ANSES s/RENTA VITALICIA PREVISIONAL

La Cámara Federal de Rosario confirmó la resolución que aprobó la liquidación y negó el error en los haberes percibidos en una demanda por renta vitalicia previsional. La decisión también mantuvo la imposición de costas a la parte demandada, siguiendo precedentes de la Corte Suprema.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandada, en el expediente “GOMEZ, LIDIA c/ ANSES s/ RENTA VITALICIA PREVISIONAL”, cuestionó la liquidación del 14/02/2025 alegando error en los haberes percibidos, específicamente en no considerar lo abonado por la Compañía de Seguros de Retiro. La resolución de la Cámara confirmó que la sentencia de fondo del 09/02/2018, que ordenó a la ANSES abonar las diferencias en las sumas percibidas en concepto de renta vitalicia previsional y aumentos correspondientes, fue correctamente aplicada. La liquidación solo consideró las sumas percibidas en concepto de Renta Vitalicia Previsional, y no se evidenció error en la valoración. Además, se confirmó la imposición de costas a la demandada, siguiendo jurisprudencia de la Corte Suprema en autos “Rueda, Orlinda c/ Anses” y “Robert, Daniel c/ Anses”. La Cámara rechazó el agravio sobre el error en los haberes y mantiene la condena en costas, disponiendo la regularización de honorarios en un 30% de lo establecido en primera instancia.

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