GODOY, MARIA ESTHER c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó el recurso de apelación del Estado Nacional contra la ejecución de crédito a favor de la actora, confirmando la sentencia de primera instancia y argumentando que no existían circunstancias que justificaran apartarse del principio objetivo de la derrota en la imposición de costas.
- Quién demanda: María Esther Godoy (actora)
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Demandado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de crédito por $789.048,74 por parte del Estado Nacional, incluyendo gastos causídicos posteriores a la sentencia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación del Estado Nacional y confirmó la sentencia de primera instancia, manteniendo la imposición de costas a la parte vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala analizó el art. 68 del C.P.C.C.N., que establece que la parte vencida en el juicio debe pagar los gastos, salvo que existan circunstancias que justifiquen eximirla, las cuales deben ser expresadas en la sentencia. La Cámara recordó que la eximición de costas es una facultad restrictiva, limitada a casos donde las circunstancias tornan manifiestamente injusta la aplicación del principio general. En este caso, no se identificaron motivos excepcionales que justifiquen apartarse del principio, ya que las actividades realizadas por la parte ejecutante no obedecieron a una conducta diligente, sino que resultaron normales y complementarias para lograr la ejecución. La sentencia señala que "las circunstancias del caso impiden presumir que las actividades realizadas a fines de lograr la ejecución del crédito obedecieron a una conducta libre y diligente de la autoridad administrativa." Por ello, la Cámara concluyó que no había razones que justifiquen apartarse del principio objetivo de la derrota. El tribunal destacó que “la eximición de costas confiada al arbitrio judicial, aun cuando importa una sensible atenuación del hecho objetivo de la derrota, debe ejercerse restrictivamente sobre la base de circunstancias que tornasen manifiestamente injusta la aplicación del principio general en la materia.” En consecuencia, la Cámara resolvió rechazar el recurso de apelación y confirmar la resolución de primera instancia, sin costas en la alzada, por ausencia de actividad útil de la contraria.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: