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BORGES PARCHEN, MARCOS EMANUEL c/ EN-M SEGURIDAD-PNA-DTO 1307/12 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la prescripción de ciertos reclamos y reconoció el carácter remunerativo y bonificable de suplementos del decreto 1307/2012, rechazando los agravios del Estado Nacional y distribuyendo costas en el orden causado.

Recurso de apelacion Costas procesales Prescripcion Jurisprudencia corte suprema Suplementos remunerativos Derechos de personal militar y civil Materia previsional Intereses. Decreto 1307/2012 Caracter retroactivo


- Quién demanda: Marcos Emanuel Borges Parchen

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Defensa y fuerzas de seguridad)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamaba el reconocimiento y pago de suplementos remunerativos y bonificables establecidos en decretos y su carácter retroactivo; también cuestionaba la prescripción de ciertos derechos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la declaración de prescripción respecto de algunos decretos y reconoció el carácter remunerativo de los suplementos creados por el decreto 1307/2012, ordenando al Estado el pago retroactivo desde el 1/6/2021 hasta el 1/4/2022, con intereses. Además, rechazó los agravios del Estado y distribuyó costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia de primera instancia declaró la prescripción de pretensiones relacionadas con los decretos 1246/2005, 1126/2006, 861/2007, 884/2008 y 752/2009, y reconoció el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos creados por el decreto 1307/2012, incluyendo sus modificatorios. La Cámara, siguiendo precedentes y la jurisprudencia de la Corte Suprema, confirmó esa decisión, considerando que la interpretación del decreto 1307/2012 y sus modificatorios es análoga a la de causas anteriores (causa “CAPELLI”). La Cámara también sostuvo que la retroactividad del pago debe extenderse desde el 1/6/2021 hasta el 1/4/2022, con intereses, y que las costas corresponden en el orden causado. Fundamentos adicionales: La Corte Suprema validó el criterio jurídico aplicado en causas similares, apoyando la decisión de la Cámara, y la sentencia fue fundamentada en la continuidad de la jurisprudencia respecto del carácter remunerativo de estos suplementos.

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