Incidente Nº 8 - IMPUTADO: GONZÁLEZ HERRERA, MARÍA EMILIA Y OTROS s/Audiencia de sobreseimiento (Art. 272, CPPF)
Sobreseimiento por cumplimiento de compromisos en acuerdo de suspensión de proceso a prueba
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia corresponde a un incidente de sobreseimiento dictado por la Juez Federal de Garantías Subrogante en el marco de la Carpeta Judicial Nº 2597/2021, Incidente Nº 8, en el que se investigaba a los imputados María Emilia González Herrera, Jorge Nicolás González Herrera y Vilma Elisabeth Sangueso. La resolución hace lugar al pedido fiscal y dispone el sobreseimiento de los imputados, fundamentado en que cumplieron con los compromisos asumidos en el acuerdo de suspensión de proceso a prueba homologado, de acuerdo con el artículo 269 inciso "g" del Código Procesal Penal Federal (CPPF). La jueza concluye que, al haber cumplido con dicho acuerdo, se cierra de manera definitiva e irrevocable el proceso y se cesan todas las medidas de coerción impuestas. La decisión se comunica a las autoridades pertinentes y se da por finalizado el acto. Fundamentos principales: "haciendo lugar al pedido fiscal y, en consecuencia, sobreseer a los imputados [...] toda vez que cumplieron con los compromisos asumidos en el acuerdo de suspensión de proceso a prueba homologado oportunamente (art. 269 inc. “g” del CPPF);... cerrando definitiva e irrevocablemente el proceso y haciendo cesar todas las medidas de coerción que se le hubieran impuesto". La jueza fundamenta que la resolución de sobreseimiento se basa en la satisfacción de los requisitos del acuerdo homologado, lo que implica la extinción de la acción penal y la finalización del proceso.
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