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TRUJILLO, ANIBAL ANGEL c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Cámara de Apelaciones en lo Laboral confirmó en gran parte la condena a Swiss Medical Art S.A. por accidente laboral, modificando aspectos relacionados con intereses y actualización del capital conforme a la ley 24.557 y el decreto 669/2019, y dejando sin efecto la declaración de inconstitucionalidad del art. 7° de la ley 23.928.

Intereses Indemnizacion Incapacidad laboral Inconstitucionalidad Riesgos del trabajo Liquidacion Actualizacion de capital Jurisprudencia laboral Decreto 669/2019 Ley 24.557


- Quién demanda: Aníbal Ángel Trujillo

¿A quién se demanda?

Swiss Medical Art S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones dinerarias por incapacidad derivada de accidente laboral y actualización de la condena

¿Qué se resolvió?

Se confirmaron los aspectos principales de la sentencia de primera instancia, con modificaciones en actualización de capital e intereses, y la declaración de inconstitucionalidad del art. 7° de la ley 23.928 fue dejada sin efecto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, condenando a Swiss Medical a pagar $186.510,26 por incapacidad del 12%, actualizados con IPC y RIPTE, más un interés del 3% anual desde la fecha del accidente. La Cámara consideró que la valoración del perito médico fue adecuada, y que la incapacidad del 12% se ajusta al baremo del Decreto 659/96 y la normativa vigente, rechazando la disconformidad de la demandada por otros baremos. Respecto a la actualización del capital y los intereses, la Cámara analizó el régimen legal aplicable, concluyendo que el sistema de actualización por RIPTE y un interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente hasta la liquidación, es correcto y ajustado a derecho, dejando sin efecto la declaración de inconstitucionalidad del art. 7° de la ley 23.928. La liquidación final se realizará en la etapa de ejecución, con la actualización según la ley 24.557 y un interés moratorio del 6%. Se confirman costas y honorarios en los términos propuestos. La decisión se fundamenta en la normativa de riesgos del trabajo, jurisprudencia y principios constitucionales, considerando que el mecanismo de actualización mediante RIPTE y la tasa del 6% garantizan la reparación integral del trabajador sin vulnerar la propiedad.

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