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ROMERO, CARLOS ISIDORO c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/RECURSO LEY 27348

La Cámara de Apelaciones revoca la sentencia de primera instancia y determina que el trabajador tiene derecho a una indemnización por secuelas físicas y psíquicas, ajustada según los lineamientos del decreto 669/19, con una valoración del 23%. La decisión se fundamenta en la valoración pericial y en la aplicación del derecho social vigente.

Recurso de apelacion Indemnizacion Incapacidad laboral Riesgo del trabajo Valoracion pericial Secuelas fisicas y psiquicas Actualizacion salarial Intereses. Decreto 669/19 Ley 24.557


¿Quién es el actor?

Carlos Isidoro Romero

¿A quién se demanda?

Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Limitada

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por secuelas laborales físicas y psíquicas derivadas de su tarea como estibador.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hace lugar al recurso y revoca la sentencia de primera instancia, reconociendo un porcentaje de incapacidad del 23%, y ordena el pago de la indemnización correspondiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara acepta el informe pericial del Dr. Raúl Federico Cordone, quien determinó una incapacidad física del 10% y psíquica del 10%, ajustando a un 23% la valoración total tras considerar factores adicionales y errores en la interpretación inicial. Se destaca que el perito pudo examinar al trabajador, confrontar estudios y emitir un dictamen con pleno valor probatorio, conforme al artículo 477 del CPCCN, y que la actualización del monto se realiza conforme al decreto 669/19 y la ley 24.557. La sentencia también aplica un interés del 6% anual desde la contingencia y corrige las costas a la parte demandada.

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