COBOS EUSEBIA NILDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social desestima los planteos de aclaratoria y revocatoria en la causa por supuesta inconstitucionalidad del art. 55 de la Ley 27.541, considerando que fueron presentados extemporáneamente y en violación del plazo establecido por el art. 365 del Código Procesal, y ordena continuar con el trámite de la causa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora interpuso planteos de aclaratoria y revocatoria en contra de una sentencia definitiva del 12/06/2025, relacionados con la inconstitucionalidad del art. 55 de la Ley 27.541. La Cámara analiza que dicho planteo se formuló fuera del plazo establecido por el art. 365 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, ya que fue presentado el 26/06/2020, tras la sanción de la ley en 2019. La Cámara concluye que el planteo es tardío y, en consecuencia, debe ser desestimado para respetar el derecho de defensa y el debido proceso. Además, se ordena el traslado de los recursos extraordinarios a la contraparte. Fundamentos principales: "El Código Procesal Civil y Comercial de la Nación en su art. 365 faculta a la parte alegar hechos ocurridos o conocidos con posterioridad a la contestación de la demanda, lo que podrá alegar hasta cinco días después de notificada la audiencia prevista en el artículo 360 del presente Código". La parte actora no alegó hechos nuevos en tiempo y forma, ya que la ley 27.541 fue sancionada en 2019 y el hecho sobreviniente fue planteado en junio de 2020, excediendo el plazo legal. La Cámara sostiene que "el planteo de inconstitucionalidad resultó ser un hecho sobreviniente, motivo por el cual manifiesta fue solicitado con posterioridad al traslado de la demanda", y que "el hecho sobreviniente fue planteado por primera vez el 26/06/2020, excediendo el plazo previsto por el art. 365 del código de rito y no esgrimiendo fundamento de tal retardo".
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