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Incidente Nº 1 - DAMNIFICADO: FELICI , ROMINA FERNANDA IMPUTADO: FELICI , EMILIANO RAFAEL Y OTRO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional declaró inadmisible el recurso extraordinario federal por considerarlo infundado y por la falta de vinculación con cuestiones federales relevantes, confirmando la resolución que habilitó la producción de prueba en un proceso sobreseído.

Recurso extraordinario Inadmisibilidad Proceso penal Derechos constitucionales Resolucion judicial Camara nacional de casacion Sentencia no definitiva Vulneracion de derechos Cuestiones federales. Habilitacion probatoria

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La defensa interpuso recurso extraordinario contra una resolución que habilitó a una víctima a acceder a la determinación de la verdad en un proceso que, en primera instancia, había declarado la extinción de la acción penal por prescripción y sobreseído a los imputados.
- La Sala de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó el recurso, argumentando que no existía una sentencia definitiva o equiparable que justificara la vía del recurso extraordinario.
- La defensa alegó que la resolución implicaba un perjuicio y vulneraba derechos constitucionales, además de que se excedió la jurisdicción con una habilitación procesal no solicitada.
- La Cámara concluyó que los agravios eran improcedentes, que el recurso no articulaba cuestiones federales sustantivas y que la resolución no configuraba una sentencia definitiva, por lo que el recurso fue declarado inadmisible. Fundamentos principales: “la decisión recurrida únicamente implica habilitar a la denunciante a que pueda acceder a la determinación de la verdad de los hechos que denuncia, instando la producción de las medidas de prueba que estime pertinentes.” “los agravios en que pretende sustentar su recurso remiten a la consideración de cuestiones procesales, ajenas por definición al recurso extraordinario federal.” “el recurso carece de una articulación fundada de alguna cuestión federal, pues la impugnante se ha limitado a mencionar los principios y derechos fundamentales que considera vulnerados y las normas de jerarquía constitucional involucradas, omitiendo efectuar un análisis en torno al significado y alcance de tales preceptos.” “no ha logrado establecer una vinculación concreta entre el caso y las cuestiones federales alegadas.”

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