BENEFICIARIO: AGUIAR MANSILLA, NICOLAS MARTIN s/HABEAS CORPUS
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la defensa en la causa contra Nicolás Martín Aguiar Mansilla, considerando que los agravios no demostraron arbitrariedad ni vulneración de derechos constitucionales y que los planteos no alteran la validez de las decisiones previas.
- Quién demanda: Nicolás Martín Aguiar Mansilla, a través de su defensa pública oficial.
¿A quién se demanda?
La decisión del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de Morón, y la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La nulidad de la resolución que rechazó su acción de habeas corpus y la declaración de inconstitucionalidad de la Resolución N° 1346/2024 del Ministerio de Seguridad, por considerarla violatoria de derechos y principios constitucionales, además del cese de condiciones que agravaran su detención.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación, señalando que los planteos de la recurrente no constituyen agravios fundados en arbitrariedad o violación de derechos constitucionales, y que las decisiones de los tribunales inferiores cuentan con fundamentos jurídicos sólidos, además de que la cuestión de fondo sobre la normativa del trabajo penitenciario no presenta inconstitucionalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las discrepancias valorativas solo reflejan que no se comparten los fundamentos expuestos por los jueces de primera instancia y de la Cámara de Alzada, quienes consideraron que las cuestiones invocadas no constituyen un agravamiento ilegítimo de la detención ni vulneran derechos constitucionales. La resolución cuestionada cuenta con fundamentos jurídicos necesarios y suficientes, y no se advierte que las cuestiones planteadas puedan configurar un acto arbitrario o vulneratorio de garantías constitucionales. La declaración de inadmisibilidad se fundamenta en que los agravios no logran conmover los argumentos por los cuales se desestimaron las acciones anteriores, y no se detectan supuestos de arbitrariedad ni de gravedad que justifiquen la intervención de esta Cámara."
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