GARRE, DANIEL HORACIO c/ CASASCO SA s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda por diferencias salariales, considerando como remuneratorios conceptos como telefonía celular, viáticos, medicina prepaga y gastos de automotor, y modificó aspectos relacionados con intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Daniel Horacio Garre contra Casasco S.A. por diferencias de salarios y beneficios. La primera instancia hizo lugar a la demanda y consideró que ciertos conceptos, como telefonía celular, viáticos, medicina prepaga y gastos de automotor, tenían carácter remuneratorio. La Cámara confirmó esa decisión, sosteniendo que estos beneficios constituyen ventaja patrimonial que debe considerarse en la base salarial, conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema y artículos de la Ley de Contrato de Trabajo. Se rechazaron los planteos de la empleadora sobre la improcedencia de estos conceptos, argumentando que no fue acreditado que la utilización del celular fuera exclusiva para fines laborales ni que los viáticos tuvieran carácter genuino. Además, se modificó la tasa de interés aplicable, desde CER hasta una tasa activa del Banco Nación, y se estableció una suma total de condena de $10.242.165. La Cámara también rechazó la pretensión de que se aplique la multa del artículo 1º de la Ley 25.323, por no corresponder en el caso de pagos en especie considerados remuneratorios. Respecto al daño moral por discriminación, el tribunal concluyó que no existieron elementos que acrediten una conducta discriminatoria por salud del actor y confirmó la falta de esa condición en el despido. Se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios profesionales, con ajuste a la escala arancelaria y valor de la UMA vigente. La decisión fue unánime y basada en la adecuada valoración de las constancias y doctrina aplicable.
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