CASTILLO FRANCISCO ALFONSO c/ GENDARMERIA NACIONAL Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La sentencia de primera instancia declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y ordenó el reintegro de los importes descontados por dicho decreto desde los dos años previos a la interposición de la demanda, con intereses y costas. La Cámara confirmó la decisión del juez, ratificando la declaración de inconstitucionalidad basada en la falta de trámite legislativo regular y la modificación permanente sin justificación de urgencia.
¿Quién es el actor?
Castillo Alfonso Francisco
¿A quién se demanda?
Gendarmería Nacional y la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal
- Objeto de la demanda: Declarar la inconstitucionalidad del Decreto 679/97, ordenar el cese del descuento y la devolución de los importes indebidamente descontados con intereses.
¿Qué se resolvió?
La sentencia declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97, ordenó la devolución de los importes descontados desde los dos años anteriores a la demanda, y dispuso la práctica de la liquidación por parte de la Gendarmería Nacional o la Caja, con intereses a tasa pasiva del Banco Central. Las costas fueron a cargo de la demandada vencida y la regulación de honorarios quedó pendiente.
- Fundamentación principal: La Corte Suprema de Justicia de la Nación en precedente “Pino, Seberino y otros c/ Estado Nacional –Ministerio del Interior– s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.” (CSJ 30/2013) declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 por no haber seguido trámite legislativo regular y por modificar la régimen vigente de manera permanente, sin justificación de necesidad y urgencia. La sentencia resaltó que la modificación legislativa debe respetar los procedimientos constitucionales y que la imposición de aportes posteriores a la obtención de beneficios podía justificarse por interés público y solidaridad social, pero en este caso no se acreditó tal circunstancia. La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara, sosteniendo que la interpretación del decreto como inconstitucional era correcta y vinculante para los tribunales inferiores.
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