Incidente Nº 1 - ACTOR: CEPEDA ANTONIO FRANCISCO DEMANDADO: ANSES s/INCIDENTE
La Corte Suprema declaró la nulidad de la resolución que concedió un recurso extraordinario por no estar debidamente fundado. La sentencia resaltó la necesidad de una evaluación categórica y circunstanciada en la admisibilidad del recurso, protegiendo el derecho de defensa y la validez de derechos constitucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Descalificación del auto de concesión del recurso extraordinario que no aparece debidamente fundado La cámara concedió el recurso extraordinario interpuesto por el beneficiario de la regulación de honorarios por entender que se encontraban involucradas cuestiones de naturaleza constitucional y que la decisión impugnada resultaría adversa a la validez de derechos de aquella naturaleza. La Corte declaró la nulidad de esta resolución al no darse satisfacción a los requisitos idóneos para la obtención de la finalidad a la que se hallaba destinada. Señaló que los órganos judiciales llamados a expedirse sobre la concesión del recurso extraordinario federal deben resolver categórica y circunstanciadamente si tal apelación –prima facie valorada– satisface todos los recaudos formales y sustanciales que condicionan su admisibilidad y, entre ellos, la presencia de una cuestión federal. Afirmó que de seguirse una orientación opuesta, el Tribunal debería admitir que su jurisdicción extraordinaria se viese, en principio, habilitada o denegada, sin razones que avalen uno u otro resultado, lo cual inflige un claro perjuicio al derecho de defensa de los litigantes y al adecuado servicio de justicia de la Corte. Destacó, finalmente, que los términos sumamente genéricos del auto de concesión evidenciaban que el tribunal a quo no había examinado circunstanciadamente la apelación federal.
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