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G. L. C/ G. O. R S/ DAÑOS Y PERJ.RESP.PROFESIONAL (EXCLUIDO ESTADO)

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial San Martín confirmó la sentencia de primera instancia, modificando solo el monto de la indemnización por daño psicológico y terapia de apoyo, elevándola a tres millones de pesos, y estableciendo intereses conforme a la doctrina legal vigente.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, G. L. C., demanda por responsabilidad profesional a su ex patrocinante, el Dr. Omar Roberto García, por negligencia en la tramitación de un proceso judicial que culminó en caducidad de instancia, reclamando indemnización por daños y perjuicios. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó al demandado a pagar $3.550.000, con intereses del 6% anual desde el 20/04/2021 y tasa pasiva digital posterior. La Cámara de Apelaciones confirmó la condena, elevando la monto de daño psicológico y terapia de apoyo a tres millones de pesos, considerando la pericia psiquiátrica que diagnosticó un trastorno adaptativo con una incapacidad del 10%. Además, se abordaron cuestiones de actualización monetaria y tasas de interés, aplicando la doctrina "Barrios" y la normativa vigente, estableciéndose que desde la fecha del hecho (20/04/2021) hasta la fecha de la sentencia, se aplique la tasa pura del 6%, y desde allí en adelante, la tasa pasiva más alta del Banco Central o del Banco Provincia, a elección del actor. La sentencia también rechazó las objeciones a la actualización y a la indexación, considerando la doctrina constitucional y la jurisprudencia sobre la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928. La sentencia de primera instancia fue modificada en el monto por daño psicológico, pero confirmada en lo demás, con costas de alzada al demandado y regulación de honorarios pendiente. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "Con relación al 'Daño psicológico y terapia de apoyo', han de ponderarse las circunstancias fácticas de cada caso como las conclusiones de la pericia (art. 474 C.P.C.C.). El dictamen pericial de fecha 25/11/2023, realizado por el Dr. Hugo Federico Alazraqui, informó que la accionante padece un Trastorno Adaptativo, manifestando una incapacidad del 10%. La pericia concluyó que la suma de $1.500.000 por daño psíquico y terapia de apoyo debe elevarse a $3.000.000, atendiendo a los antecedentes y la doctrina del Tribunal en casos similares, para garantizar una reparación integral acorde a la gravedad y proyección futura de la incapacidad." "En cuanto a las tasas de interés y la actualización, este Tribunal ha revisado la doctrina 'Barrios' (C. 124.096 del 17-4-24) y la jurisprudencia de la

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