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FIDEICOMISO DE RECUPERACION CREDITICIA LEY 12726C/ HAAG ANGEL DAMIAN Y OTRO/A S/COBRO EJECUTIVO

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Departamental confirmó la sentencia que rechazó el recurso del actor, manteniendo la validez de la pesificación y la aplicación del CVS, y modificó solo la modalidad de cálculo de intereses, en línea con la normativa aplicable y la jurisprudencia de la Corte Suprema.

Intereses Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Emergencia economica Cobro ejecutivo Carga de costas Demora procesal Actualizacion por cvs Ley 23.928 Jurisprudencia barrios Pesificacion deuda en dolares

Quién demanda: Fideicomiso de Recuperación Crediticia Ley 12726

¿A quién se demanda?

Haag, Ángel Damián y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo de U$S 1.694, pesificado y actualizado, intereses desde 2001

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que dispuso la cobranza del monto en dólares pesificado, con actualización según el CVS y los intereses establecidos por la jurisprudencia; además, se rechaza el recurso de apelación del actor por improcedente. Fundamentos principales:
- La demanda fue promovida en 2011, reclamando U$S 1.694, que fue pesificado en 2002 conforme a la normativa de emergencia económica, solicitando actualización por CVS y intereses desde 2001.
- La sentencia de primera instancia aplicó correctamente la normativa de emergencia económica y la jurisprudencia de la Corte Suprema en "Barrios", rechazando la actualización por tasas distintas y la supuesta inconstitucionalidad del artículo 7 de la Ley 23.928.
- La Cámara sostuvo que la crítica del recurrente respecto a la actualización del crédito por tasas distintas carece de sustento, dado que la normativa de emergencia y la jurisprudencia permiten aplicar la pesificación y actualización prevista en la ley, y que la demora en el proceso no puede perjudicar al deudor ni habilitar reversiones de la situación jurídica consumada.
- Se reafirmó que la actualización del interés debe hacerse según los parámetros jurisprudenciales, específicamente la tasa de interés del Banco Central del período correspondiente, y no mediante procedimientos improcedentes y sin respaldo legal.
- La inconstitucionalidad del artículo 7 de la Ley 23.928 fue rechazada por improcedente, dado que no se demuestra cómo la norma contraviene la Constitución.
- Se confirmaron las costas del recurso al actor vencido y se diferirá la regulación de honorarios.

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