PIETRAGALLO, VICTORIA LUDMILA c/ ORIENTLATIN S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala II, confirmó en parte la sentencia de grado, manteniendo la justificación del despido indirecto basado en diferencias salariales acreditadas y modificó el régimen de intereses, adoptando criterios de actualización monetaria y tasas de interés conforme a precedentes jurisprudenciales.
- Quién demanda: Victoria Ludmila Pietragallo
¿A quién se demanda?
Orientlatin S.A. y Won Jun Yang
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Despido indirecto por diferencias salariales impagas y otros conceptos laborales, además de honorarios y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la existencia del despido indirecto fundado en diferencias salariales acreditadas, rechazó la queja sobre la comunicación y actualizó los intereses y accesorios conforme a la jurisprudencia vigente, dejando sin efecto los honorarios y regulándolos nuevamente. Además, impuso costas a la parte vencida y mantuvo la responsabilidad de la demandada en costas de alzada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostuvo que las diferencias salariales acreditadas justificaron el despido indirecto, y que la comunicación del 16/8/2019 no alteraba dicha conclusión, ya que la demandada negó los reclamos y no respondió adecuadamente a la intimación. Además, se modificó la aplicación de intereses, adoptando actualización monetaria basada en el IPC y una tasa adicional del 18% anual, en línea con los precedentes sobre la inconstitucionalidad de restricciones a la repotenciación de créditos laborales. También, la Cámara consideró que la comunicación por medios electrónicos no atribuía responsabilidad a la trabajadora por la no recepción, y que las costas de alzada corresponden a la parte vencida, orientlatin S.A.
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