ORTIZ ORLANDO JUVENAL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó los agravios del actor respecto a la actualización de la PBU, la movilidad del haber y la constitucionalidad de las leyes de movilidad y emergencia, fundamentando que las normas se ajustan a la normativa vigente y la constitucionalidad.
¿Quién es el actor?
Orlando Juvénal Ortiz
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes diversos en la prestación previsional, actualización de la PBU, movilidad del haber, y cuestionamientos de constitucionalidad de leyes 24.241, 27.426, 27.609 y 27.541.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en la cual se desestimaron los agravios del actor, considerando que las leyes y actualizaciones aplicadas se ajustan a la normativa y jurisprudencia constitucional, rechazando la inconstitucionalidad alegada y estableciendo que la aplicación retroactiva no vulnera derechos constitucionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala analizó los precedentes de la Corte Suprema en materia de actualización de haberes previsionales, destacando que la comparación debe hacerse sobre el total del haber inicial percibido, y que la normativa de movilidad y actualización de remuneraciones, incluyendo las leyes 24.241, 26.417, 27.426, 27.609 y 27.541, se ajusta a la Constitución y a los principios de legalidad y seguridad jurídica. La sentencia enfatiza que las leyes han sido aplicadas conforme a los parámetros del ordenamiento jurídico vigente, y que la retroactividad de las mismas, en los términos analizados, no viola derechos constitucionales, en particular el derecho de propiedad y la movilidad de los haberes previsionales. Además, se sostiene que la declaración de inconstitucionalidad de ciertos artículos de la ley 27.426, en disidencia parcial, fue resuelta en otra causa en la que se consideró que su aplicación retroactiva genera un perjuicio confiscatorio. La mayoría de la Sala rechaza estos planteos y mantiene la validez de las leyes y la constitucionalidad de las actualizaciones.
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