Logo

VALDEZ VICTOR HUGO C/ CAJA DE SEGUROS SA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)

La Cámara de Apelaciones revocó la sentencia que había hecho lugar a la excepción de prescripción y rechazado la demanda por cobro indebido en seguros de vida colectivos, y en su lugar, declaró la procedencia del reclamo por la improcedencia de los descuentos salariales por cobertura adicional de cónyuge, ordenando la devolución de lo indebidamente retenido.

Relacion de consumo Pres

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Víctor Hugo Valdez, demanda a la Caja de Seguros S.A. y Sancor Seguros Ltda. por cobros indebidos en primas de seguros de vida colectivos y daños relacionados. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda por prescripción, aplicando el plazo de un año de la ley de seguros, fundamentándose en que la relación contractual no era de consumo. La actora interpuso recurso de apelación, argumentando que la relación es de consumo y que el plazo correcto es de 3 o 5 años, según la ley de defensa del consumidor o el Código Civil y Comercial. La Cámara revocó la decisión, considerando que la relación de consumo amerita aplicar el plazo de prescripción de cinco años establecido en el art. 2560 del CCyC, y que la acción por cobro indebido no está sujeta a la prescripción de un año de la ley de seguros. La Cámara también analizó la prueba documental y pericial, concluyendo que la cobertura adicional de cónyuge fue incluida sin la debida información y consentimiento del asegurado, por lo que corresponde declarar la improcedencia de los descuentos y ordenar la devolución de lo indebidamente descontado. Además, rechazó la pretensión de daño moral y daño punitivo, y estableció los intereses y costas. Fundamentos principales: "La relación que unió a la actora con las demandadas se configura en el marco de los contratos de consumo, por lo cual corresponde aplicar el plazo de prescripción de cinco años previsto en el art. 2560 del CCyC, en lugar del plazo de un año de la ley 17.418. La acción de cobro indebido, derivada de descuentos en recibos de sueldo por cobertura adicional de cónyuge, no se encuentra limitada por la prescripción de un año, sino por el plazo de cinco años establecido en el nuevo Código Civil y Comercial, en virtud de que la relación es de consumo y la acción no tiene por objeto el cumplimiento del contrato de seguro en sí, sino la devolución de importes retenidos sin la debida información y consentimiento. La prueba pericial demuestra que la aseguradora omitió informar claramente y obtener aprobación expresa del asegurado respecto a la cobertura adicional, configurando así una práctica abusiva que justifica la condena a la devolución y la imposición de costas."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar