SALINAS JUAN PABLO C/ LA SEGUNDA ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de La Matanza confirmó la sentencia de primera instancia y condenó a la aseguradora a pagar la indemnización por accidente de trabajo, aplicando la ley de Riesgos del Trabajo y rechazando las excepciones y planteos de inconstitucionalidad de las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Juan Pablo Salinas contra La Segunda ART S.A. por lesiones y secuelas tras un accidente laboral ocurrido el 13/02/2020, en el marco de una relación laboral con Prosegur Activa Argentina S.A. El actor reclamó una incapacidad parcial y permanente del 30%, además de daño psicológico, y solicitó la aplicación de la ley de Riesgos del Trabajo. La sentencia de primera instancia declaró procedente la demanda, condenando a la aseguradora a pagar la suma de $8.016.489,85, y rechazó las excepciones y planteos de inconstitucionalidad, aplicando el baremo del Decreto 659/96 y las leyes complementarias. La pericia médica determinó una incapacidad física del 12% y psíquica del 10%, totalizando un 24,04%. La Cámara sostuvo que la ley 24.557 y sus modificatorias establecen la aplicación obligatoria del baremo y que las leyes 24.432 y 24.307, así como los decretos reglamentarios, son constitucionales y aplicables. La Cámara también rechazó las defensas relativas a la falta de legitimación y las inconstitucionalidades invocadas. La condena fue confirmada y se ordenó el pago en el plazo legal, con intereses, y la distribución de costas. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "De acuerdo a la evaluación pericial, el actor presenta una disminución funcional en la rodilla derecha por afectación del Ligamento Cruzado Anterior y Menisco Interno, con un porcentaje de incapacidad física del 12%, incrementado por factores de ponderación, alcanzando un 14,04%. Además, presenta daño psíquico compatible con una reacción vivencial anormal neurótica grado II, con un 10% de incapacidad psíquica, totalizando un 24,04%. La aplicación del baremo del Decreto 659/96 y las leyes complementarias es obligatoria, y su cumplimiento resulta constitucional, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema. La inconstitucionalidad del decreto 669/19 fue rechazada por carecer de base constitucional. La parte demandada no acreditó la falta de legitimación ni la inconstitucionalidad de las leyes aplicadas. La cuantía de la indemnización se calcula en base al ingreso base y los porcentajes de incapacidad, con actualización por intereses, resultando un monto de $8.016.489,85. La sentencia también ordena el depósito y pago en tiempo y forma, con costas a la parte vencida."
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