PUNDIX DANIEL ALBERTO C/ ASOCIART ART S.A S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio entre PUNDIX DANIEL ALBERTO y ASOCIART ART S.A en un expediente laboral. La homologación fue aprobada por mayoría, considerando que la conciliación no viola principios de orden público y favorece la celeridad procesal, excepto la abstención del Dr. Triemstra por insuficiencia de elementos objetivos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, PUNDIX DANIEL ALBERTO, demandó a ASOCIART ART S.A en el marco de un proceso por accidente in-itinere. La parte actora y la demandada arribaron a un acuerdo conciliatorio, presentado electrónicamente el 05/09/2025, que fue homologado por la mayoría del tribunal. La jueza Cáceres argumentó que la conciliación no vulnera principios de orden público y que constituye una justa composición de derechos, destacando que la misma favorece la celeridad procesal, especialmente en asuntos de índole alimentaria. La parte contraria, representada por el Dr. Triemstra, se opuso por considerar que no existían elementos objetivos suficientes, como la pericia médica, para considerar que el acuerdo constituía una justa composición. La mayoría del tribunal, sin embargo, decidió homologar el convenio, imponiendo costas a la demandada, regulando honorarios profesionales y periciales, y estableciendo los procedimientos para el pago y la notificación de los importes. La resolución también incluyó la intimación a la demandada para acreditar el pago de la tasa de justicia y la información bancaria para los depositantes.
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