ROLDAN ANGEL ANDRES C/ PREVENCION ART S.A S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Junín confirma el rechazo de la demanda por excepción de cosa juzgada previa. La decisión se basa en que la pretensión ya ha sido resuelta en un expediente anterior, con sentencia firme que impide una nueva revisión del fondo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Angel Andrés Roldán, demanda a Prevención ART S.A. por prestaciones dinerarias en concepto de incapacidad laboral parcial permanente definitiva derivada de un accidente laboral ocurrido el 21 de mayo de 2020, que le provocó lesiones y limitaciones funcionales. La ART rechazó la contingencia, y en sede administrativa se dictó un dictamen que consideró la enfermedad como inculpable, sin relación causal probada con la actividad laboral. La demanda fue presentada tras la resolución negativa en la Comisión Médica Nº 14 y la negativa de la obra social a continuar el tratamiento. Prevención ART S.A. opuso excepción de cosa juzgada, alegando que existe identidad de partes, objeto y causa con un expediente anterior, en el cual ya se dictó sentencia firme que rechazó una demanda similar por falta de relación causal entre la enfermedad y el trabajo. La parte actora sostuvo que no operó la cosa juzgada, ya que los objetos de ambas acciones son diferentes: en la demanda actual se busca el reconocimiento de la incapacidad laboral, mientras que en el expediente anterior se impugnó un dictamen médico. El tribunal, tras analizar la identidad de partes, objeto y causa, concluyó que existe identidad de causa y objeto con la sentencia firme anterior, y que las pretensiones son distintas, por lo que procede la excepción de cosa juzgada. El tribunal hizo lugar a la excepción, rechazando la demanda en su totalidad, con costas al actor vencido y ordenando el archivo de las actuaciones.
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