DE JESUS COSTA JOSÉ ANIBAL C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La demanda de José Aníbal De Jesús Costa contra la Provincia de Buenos Aires busca el reconocimiento del derecho a que se liquide en su totalidad la bonificación por antigüedad en un 3%, considerando toda la trayectoria laboral, y que se declare la inconstitucionalidad de las normas que redujeron dicho porcentaje. El tribunal hizo lugar a la pretensión y condenó a la demandada a pagar las sumas correspondientes, considerando que las leyes y decretos cuestionados implicaron una disminución salarial que viola el principio de progresividad y la garantía de intangibilidad de remuneraciones, en tanto su extensión temporal y la afectación a derechos adquiridos constituyen una vulneración constitucional, además de que las modificaciones legislativas no pueden justificarse en la ausencia de un derecho adquirido a futuro. La sentencia destaca que las reducciones salariales deben responder a situaciones excepcionales y temporales, lo cual no ocurrió en este caso, y que las leyes que modificaron la bonificación por antigüedad fueron inconstitucionales por violar la igualdad y el principio de progresividad. Se rechaza la prescripción alegada y se ordena el pago de las sumas correspondientes con intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, José Aníbal De Jesús Costa, demanda al Fisco de la Provincia de Buenos Aires la liquidación completa de su bonificación por antigüedad en un 3%, solicitando la declaración de inconstitucionalidad de las leyes y decretos que redujeron dicho porcentaje, en particular las leyes 11.739, 11.905, y el decreto 240/96. La parte demandada sostiene que las modificaciones fueron razonables y no vulneraron derechos constitucionales, argumentando la naturaleza estatutaria del empleo público y la facultad del Estado para modificar condiciones salariales, además de alegar prescripción. El tribunal analizó la normativa y principios constitucionales aplicables, concluyendo que las reducciones salariales prolongadas y sin causa justificada violan el principio de progresividad y la protección de derechos adquiridos, además de que las leyes cuestionadas no cumplen con los requisitos de excepcionalidad y temporalidad. La sentencia resalta que el principio de igualdad y la protección de derechos adquiridos impiden modificaciones regresivas permanentes y concluye que las normas que eliminaron la bonificación en 1996 son inconstitucionales, por lo que se condena a la demandada a abonar las sumas correspondientes. También se rechaza la prescripción y se ordena el pago con intereses a la tasa del 6% anual desde el devengamiento.
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