FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PI RUTA 6 S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL
La sentencia ordena la ejecución del apremio provincial contra PI RUTA 6 S.A. por no haber opuesto excepciones en plazo, disponiendo el cumplimiento de pago de $3.594.182,40 con intereses desde la interposición de la demanda, y establece la validez del domicilio procesal constituido por el demandado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió la ejecución contra PI RUTA 6 S.A. debido a la falta de oposición a la intimación de pago en el domicilio constituido. El tribunal, tras verificar el vencimiento del plazo para que el demandado oponga excepciones legítimas y la no presentación de estas, resolvió mandar proceder con la ejecución y ordenar el pago del capital reclamado, más intereses desde la fecha de la demanda, conforme a lo previsto en la ley 13.406 y el Código Procesal. La resolución también impone las costas a la parte vencida y difiere la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente. Asimismo, se declara constituido el domicilio del demandado en los estrados del juzgado, dado que se encuentra debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto. Fundamentos principales: "Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado PI RUTA 6 SA. haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y DOS CON CUARENTA CENTAVOS ($ 3594182,4) [...]". La ley y los artículos citados respaldan la procedencia de la ejecución y el modo en que se debe proceder. La falta de oposición en plazo y la declaración de domicilio constituido refuerzan la validez del proceso ejecutivo y la validez de la resolución.
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