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RODRIGUEZ OSCAR ALBERTO C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES (MINISTERIO DE SEGURIDAD) S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

La demanda busca el reconocimiento del derecho a la liquidación y pago de la bonificación por antigüedad en un 3% para todos los años de servicio, y la declaración de inconstitucionalidad de varias leyes y normas que redujeron o suspendieron dicho derecho, con lo cual se ordena el pago retroactivo desde 11/06/2019. La sentencia argumenta que las normas impugnadas violan principios constitucionales de progresividad, igualdad y propiedad, y que la disminución de la bonificación fue un retroceso inconstitucional que afecta derechos adquiridos, por lo que se declara la inconstitucionalidad de dichas normas y se ordena el pago con actualización e intereses. La decisión se fundamenta en que la reducción en porcentajes de bonificación no fue justificada por una situación de emergencia y constituye una vulneración a derechos constitucionales y tratados internacionales, además de que la excepción de magistrados y funcionarios judiciales no justifica la desigualdad con otros empleados públicos.

Recurso de apelacion Poder ejecutivo Igualdad ante la ley Justicia provincial Accion judicial Bonificacion por antiguedad Progresividad derechos sociales Derecho laboral publico Inconstitucionalidad normas Retroceso en derechos adquiridos

¿Qué se resolvió en el fallo?

Oscar Alberto Rodriguez demanda a la Provincia de Buenos Aires, solicitando se le reconozca y abone la bonificación por antigüedad en un 3% respecto de todos sus años de servicio, y que se declare la inconstitucionalidad de varias leyes y normas que redujeron o suspendieron dicho derecho desde 1996 en adelante. La demanda fundamenta que dichas normas violan la progresividad, igualdad y propiedad constitucional, ya que implicaron un retroceso en derechos adquiridos, sin que exista una situación de emergencia que justifique dichas restricciones. En la sentencia, se analiza el marco normativo que reguló la bonificación, destacando que las reducciones y suspensiones no tuvieron fundamento en una emergencia y constituyen una vulneración a los derechos constitucionales y tratados internacionales de derechos económicos y sociales. Se concluye que las normas impugnadas son inconstitucionales y que el actor tiene derecho a la liquidación de la bonificación en un 3% por todos los años de servicio, desde 11/06/2019, con actualización e intereses, ordenando el pago en 60 días. La sentencia también impone las costas a la parte demandada.

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