YAFAR GISELA EVANGELINA C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA O ANTICIPADA - EMPL.PUBLICO
La Cámara de La Plata rechazó la medida cautelar solicitada por Yafar para suspender los efectos de la cesantía y ordenó su desestimación, argumentando que no se acreditó un derecho verosímil ni se cumplían los requisitos para la adopción de la medida, priorizando el interés público y la legalidad del acto administrativo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Gisela Evangelina Yafar promovió un amparo cautelar contra la resolución del Ministerio de Seguridad que dispuso su cesantía, solicitando la suspensión del acto y su reincorporación con restitución salarial. La Fiscalía de Estado informó que la sanción fue dictada en un procedimiento administrativo, señalando que la cesantía fue debidamente notificada y cuestionada mediante recursos administrativos. La Cámara analizó que, aunque la medida cautelar busca evitar un daño irreparable por la naturaleza alimentaria del salario, no se acreditó un derecho verosímil suficiente, ni se cumplían los requisitos del artículo 22 del Código CCA, ya que no se evidenció una amenaza de daño grave o un interés público que justifique la suspensión temporal del acto administrativo. La decisión fue desestimar la medida cautelar, imponiendo las costas en el orden causado y regulando honorarios profesionales.
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