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MARTINEZ JUAN PEDRO SUS SUCESORES C/ NUEVO IDEAL SA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Apelaciones en lo Civil de San Justo confirmó la responsabilidad de la empresa de transporte y la aseguradora, y elevó la indemnización a $39.000.000, considerando la responsabilidad objetiva y la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928, con la finalidad de reparación integral de daños.

Responsabilidad objetiva Dano moral Danos y perjuicios Indemnizacion Aseguradora Incapacidad Transporte publico Franquicia Inconstitucionalidad Ley 23.928

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia de primera instancia declaró responsable a "Nuevo Ideal S.A." por el accidente ocurrido el 13/11/2021 en que Juan Pedro Martínez sufrió fractura de cadera, atribuyéndole responsabilidad por incumplimiento del deber de seguridad en el transporte. La aseguradora "Protección Mutual" fue considerada responsable dentro de los límites del contrato de seguro, con una franquicia de $300.000, y condenada a pagar la suma de $39.000.000. La causa se fundamentó en la responsabilidad objetiva del transporte, la falta de pruebas que acreditaran culpa de la víctima, y en el análisis de la pericia médica que determinó una incapacidad del 36,25%. La sentencia también declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, aplicando un mecanismo de actualización del monto indemnizatorio mediante el índice de salarios del INDEC, con intereses del 6% anual desde el hecho. La causa fue resuelta en segunda instancia confirmando la responsabilidad y elevando la indemnización, con costas a cargo de la parte demandada y citada en garantía.

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