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WUNDERLICH MARIANA C/ WUNDERLICH TERESA MABEL S/ FIACIÓN DE PRECIO DE ALQUILERES

Sentencia que reconoce el derecho de la actora a percibir un canon locativo por uso exclusivo del inmueble en indivisión hereditaria. La Cámara hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada a pagar $205.000 mensuales desde el 21/10/2017, con intereses.

Intereses Condominio Canon locativo Uso exclusivo Indivision Indivision hereditaria Herencia Costas del juicio Custodia de bienes Fijacion de alquileres Accion de pago

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Mariana Wunderlich, demanda a su hermana Teresa Mabel Wunderlich la fijación de un canon locativo por el uso exclusivo del inmueble heredado tras el fallecimiento de su padre, en virtud de la oposición del uso gratuito que ejercía la demandada. La demandada niega los hechos y argumenta que el inmueble era de su abuela y que ella habita allí desde 1970, además de cuestionar la autenticidad de la carta documento. El tribunal analiza la situación de indivisión hereditaria, aplicando las reglas del Código Civil anterior, y concluye que la oposición del uso exclusivo por parte de la demandada genera la obligación de abonar un canon. La prueba indica que la demanda fue notificada el 21/10/2017, momento desde el cual nace la obligación. El peritaje determina un valor locativo mensual de $410.000, de los cuales la demandada debe pagar la mitad, es decir, $205.000 mensuales. La sentencia ordena el pago desde esa fecha, con intereses, y las costas del proceso a cargo de la demandada. Fundamentos principales: "Corresponde determinar la procedencia de la acción, la cual resultará del plexo probatorio que se arrime a su respecto y, una vez determinada la procedencia, debe establecerse el canon locativo (arts. 375, 384 y conc. del CPCC). El condómino que usa alguna cosa integrante de la masa indivisa, aunque lo haga excluyendo al restante, está ejerciendo su derecho. De modo que por ese uso exclusivo, en sí mismo, no asume ninguna obligación en relación a estos últimos. Pero como todos los comuneros gozan ese mismo derecho de igual manera, basta que uno de ellos manifieste su oposición al uso exclusivo de su copartícipe (eso se conoce como ius prohibendi) para que éste, a partir de entonces, quede obligado frente a aquel, al pago de una compensación equivalente a un canon locativo, hasta tanto se concrete la partición o cese el estado de indivisión." "En este caso, esa intención se canalizó con la demanda y el plazo deberá correr desde su notificación, es decir, desde el 21 de octubre de 2017, fecha en que nació la obligación de abonar la suma de $ 205.000 mensuales, correspondiente a la mitad del valor locativo mensual previsto en la pericia."

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