LOMBARDO MARCOS DANIEL Y OTRO/A C/ CASAGRANDE DUILIO CARLOS FRANCISCO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia homologó un acuerdo entre las partes en un proceso por daños y perjuicios, validando el monto de 11 millones de pesos y los honorarios pactados, además de aprobar la mediación prejudicial y regular los honorarios profesionales, consolidando la decisión como definitiva.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Marcos Daniel Lombardo y Cecilia Mariel Franco, demandaron a Duilio Carlos Casagrande por daños y perjuicios derivados de un hecho de litis. La sentencia homologó un acuerdo extrajudicial alcanzado el 02/09/2025, por el cual se pactó una suma de 11 millones de pesos. La resolución destaca que el acuerdo se ajusta a las disposiciones del Código Civil y Comercial y que no requiere ratificación adicional. Además, se homologaron los honorarios de la representación letrada y de la mediadora prejudicial, estableciendo las sumas y el modo de pago, con las deducciones correspondientes por aportes previsionales e IVA. Se dispuso también que las costas se asignan a la parte citada en garantía, Copan Cooperativa de Seguros Limitada. El juez resaltó que, en virtud de la labor del mediador, los honorarios se ajustaron a la importancia del trabajo y a los principios de justicia y razonabilidad, fijando un monto de 330.000 pesos para la mediación. La decisión fue adoptada en base a los arts. 163 y 308 del Código de Procedimientos, y las normas sobre homologación de acuerdos y regulación de honorarios. La homologación se realiza con carácter de sentencia definitiva, confirmando el acuerdo y los honorarios pactados, sin necesidad de ratificación adicional y en cumplimiento de los requisitos legales.
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