CARDOZO ROSANA ALEJANDRA C/ LUPANI JOSE Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA
La demanda de usucapión para adquirir dominio sobre un inmueble fue aceptada por el tribunal, que confirmó la adquisición del dominio a favor de la actora por posesión prolongada y pacífica, ordenando la cancelación de la inscripción anterior y la inscripción a nombre de la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Rosana Alejandra Cardozo, demanda la adquisición del dominio del inmueble ubicado en calle 30 N° 2.772, José Hernández, La Plata, por prescripción adquisitiva de veinte años. La parte actora afirma que ha poseído el inmueble de manera pública, pacífica y continua desde 1990, construyendo su vivienda allí y realizando pagos de impuestos. La demandada, representada por la defensora oficial, se allana a la demanda y desiste del demandado genérico, lo que facilitaron la tramitación del proceso. La prueba rendida, incluyendo testimonios y documentación, demuestra la posesión prolongada y los actos posesorios suficientes, conforme a los arts. 2.384, 2.409, 2.524 inc. 7°, 4.015 y 4.016 del Código Civil, y las normas procesales. El tribunal concluyó que la actora acreditó la posesión continua, pública, pacífica e ininterrumpida durante más de 20 años, por lo que procede la declaración de adquisición del dominio. Ordena la cancelación de la inscripción anterior en el Registro de la Propiedad y la inscripción a nombre de la actora. La sentencia también impone las costas en el orden causado. La apelación presentada fue rechazada en cuanto a la modificación de la decisión, confirmándose la sentencia de primera instancia.
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