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CARRIZO SILVIA RAQUEL S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD

La sentencia revisa y modifica la capacidad jurídica de SILVIA RAQUEL CARRIZO, estableciendo un régimen de capacidad restringida y medidas de apoyo, en cumplimiento con las normativas nacionales e internacionales en materia de derechos de las personas con discapacidad. La decisión respeta los principios de protección, autonomía relativa y apoyo en la toma de decisiones, acorde a la normativa vigente, y ordena la designación de sistema de apoyo y medidas de protección y supervisión.

Incapacidad Discapacidad Capacidad juridica Derechos humanos Medidas de apoyo Discapacidad mental Proteccion judicial Revision de capacidad Convencion internacional Apoyo en la toma de decisiones

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia revisa la capacidad jurídica de SILVIA RAQUEL CARRIZO, quien padece retraso mental profundo e hipotiroidismo, y se encuentra internada en un establecimiento desde 1972. La jueza considera que, en virtud de los avances en derechos humanos y las normativas internacionales y nacionales, la capacidad debe ser preservada en su mayoría, con restricciones en actos de administración y disposición de bienes, y con un sistema de apoyo para la realización de actos cotidianos. La sentencia cita que: "las salvaguardias asegurarán que las medidas relativas al ejercicio de la capacidad jurídica respeten los derechos, la voluntad y las preferencias de la persona, que no haya conflicto de intereses ni influencia indebida, que sean proporcionales y adaptadas a las circunstancias de la persona, que se apliquen en el plazo más corto posible y que estén sujetas a exámenes periódicos por parte de una autoridad o un órgano judicial competente, independiente e imparcial." Se destaca que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad promueve un cambio paradigmático, priorizando la autonomía y el apoyo en lugar de la sustitución de la voluntad. La jueza declara que SILVIA RAQUEL CARRIZO mantiene su capacidad jurídica para actos que no impliquen limitación, pero requiere asistencia en actos de administración y disposición de bienes, designando a Zulma Esther Carrizo, Fernando Javier Guevara y Mabel Hernandez como sistema de apoyo y estableciendo medidas de protección y supervisión. La sentencia también establece que los actos contrarios a lo dispuesto en ella son nulos y que las costas del proceso serán soportadas por la parte con capacidad restringida. La decisión refleja una interpretación moderna y respetuosa de los derechos humanos, alineada con la normativa internacional y la legislación local, promoviendo la autonomía y protección de la persona.

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