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YZAGUIRRE HEBE DANILA C/ EMPRESA T.A. LA PLATA SA LINEA 338 Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS DER. USO AUTOM.(LES. O MUERTE EXCL.EST.)

La sentencia declara la responsabilidad del transportista y la aseguradora, condenando al pago de $6.250.000 en concepto de daños y perjuicios por lesiones a Hebe Danila Yzaguirre, tras un accidente de tránsito ocurrido el 6/03/2008, y fija los intereses y costas conforme a la ley y jurisprudencia vigente.

Responsabilidad objetiva Intereses Danos y perjuicios Costas Responsabilidad civil Indemnizacion Pericia medica Accidente transito Responsabilidad aseguradora Danos fisicos y psiquicos

¿Qué se resolvió en el fallo?

La acción fue promovida por Sandra Alejandra Yzaguirre en representación de su hija menor Hebe Danila Yzaguirre, reclamando $139.500 por daños derivados de un accidente de tránsito. La defensa negó la ocurrencia del hecho y desconoce la documentación presentada. La causa se sustanció con prueba testimonial y pericial, concluyendo que el accidente efectivamente ocurrió y que la responsabilidad recae en el transporte por incumplimiento de deberes de seguridad, sin eximentes de culpa probadas. La pericia médica determinó una incapacidad física parcial del 6%, daño psíquico del 10%, y se reconocieron gastos médicos, daños morales y otros perjuicios, fijando una indemnización total de $6.250.000. La sentencia rechaza la defensa de falta de acción, admite la demanda, y condena a la aseguradora en la misma medida. La condena incluye intereses desde la fecha del hecho y costas a cargo del demandado y la aseguradora. FUNDAMENTOS: Se destaca que la responsabilidad del transportista es objetiva conforme al artículo 184 del Código de Comercio vigente al momento del hecho, y que la prueba testimonial y pericial acreditan la ocurrencia del siniestro y la condición de pasajera de la actora. La pericia médica establece una incapacidad parcial permanente del 6%, y la psíquica, del 10%, ambas reconocidas como daños resarcibles. La valoración de los daños se realiza conforme a la jurisprudencia y doctrina del tribunal, con especial atención a la reparación integral. La responsabilidad de la aseguradora se extiende por contrato de cobertura, limitada a la suma que fije la autoridad administrativa. Los intereses se calculan al 6% anual desde la fecha del hecho, y las costas se imponen a la parte demandada y aseguradora, con regulación de honorarios pendiente.

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