RUANI MARCELA NOEMI C/ CICCIOLI ALDANA ISABEL Y OTROS S/ DESALOJO FALTA DE PAGO
La demanda de desalojo contra los ocupantes del inmueble en San Fernando fue aceptada y se ordenó su desalojo en 10 días, confirmando la validez del contrato de locación y las obligaciones incumplidas por los demandados. La sentencia condena a los mismos y a los fiadores al desalojo y las costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante, Marcela Noemí Ruani, promovió demanda de desalojo contra Aldana Isabel Ciccioli y Mariano Sebastián Carreras, así como contra los fiadores Orlando Luciano Carreras y Marta Beatriz Muso, por incumplimiento del contrato de locación suscripto el 3 de enero de 2022 en San Fernando. La demandada alegó pago de alquileres y daños por siniestro en el inmueble, pero no presentó prueba suficiente para contrarrestar la acción. La sentencia reconoce la existencia del contrato, el incumplimiento y la falta de pago, declarando la rebeldía de los fiadores y la validez de la acción. Se ordena el desalojo en 10 días y la condena en costas a los demandados. La resolución se fundamenta en que el contrato estaba vencido y en que el reconocimiento tácito de pago no fue suficiente para impedir el desalojo, aplicando los artículos 676 del Código Procesal, arts. 1493, 1604 inc. 1, 1606 y cc. del Código Civil y Comercial. La sentencia también destaca que la ley aplicable es la vigente al momento de la firma del contrato y que la acción de desalojo es de carácter personal, dirigida contra quienes ocupan ilegalmente el inmueble sin un título legítimo.
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