SANTANDER RIO SOCIEDAD ANONIMA C/ LEZCANO FACUNDO RUBEN S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia homologó el pago de la deuda y reguló honorarios del letrado en la ejecución por monto cancelado. La decisión confirma la conclusión de las actuaciones y establece la suma a abonar en concepto de honorarios profesionales, conforme a la ley 14.967, en $1.365.000.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La Sociedad Anónima Santander Río demanda a Lezcano Facundo Rubén en un proceso de cobro ejecutivo.
- La sentencia declara la conclusión de las actuaciones tras la cancelación de la deuda, que fue de $11.473.981,59, y regula honorarios del letrado en $1.365.000.
- El tribunal fundamenta que, conforme al art. 21 de la ley 6716, el monto de honorarios se ajusta a la suma cancelada en la deuda, y que la regulación se notificó en forma válida y conforme a la ley 14.967.
- Se ordena el pago de honorarios en la forma y tiempo establecidos, con la nota que la notificación se realizó en los domicilios electrónicos correspondientes.
- La decisión no presenta disidencias relevantes y confirma la conclusión de las actuaciones con regulación de honorarios.
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