LOPARDO MARCELO MIGUEL C/ ARGOS COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS
La sentencia desestima la dación en pago parcial y confirma la continuación de la ejecución de honorarios profesionales, considerando que el depósito judicial no extiende la obligación y que los intereses deben calcularse sobre el capital desde la mora. El tribunal ordena el pago íntegro de la deuda y costas a la parte vencida.
¿Quién es el actor?
MARCELO MIGUEL LOPARDO, en calidad de ejecutante, promoviendo la ejecución de honorarios profesionales.
¿A quién se demanda?
ARGOS COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A, en calidad de ejecutado.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de honorarios profesionales por la suma de $65.667, más intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara desestima la dación en pago parcial presentada por la ejecutada y ordena continuar con la ejecución por la suma total adeudada, incluyendo intereses sobre el capital desde la mora del 18/02/2025. Fundamentos principales de la decisión: "El depósito judicial efectuado con posterioridad a la intimación de pago o por embargo en los términos del art. 500 del CPCC, cuando el accionado se encontraba ya en mora, carece de entidad suficiente para detener el progreso de la ejecución, ya que carece de efecto extintivo de la obligación." "Es correcto considerar cancelada la deuda mediante el depósito judicial solo cuando este se cumple íntegramente y el acreedor queda formalmente enterado del depósito y de su libre disposición." "De no aceptarse voluntariamente, el pago parcial no puede llevarse a cabo, y los intereses constituyen un accesorio del capital, conformando una única deuda."
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