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FARIAS, GRACIELA CRESENCIA c/ ANSES s/EJECUCIÓN PREVISIONAL

La sentencia de primera instancia ordenó la ejecución de la sentencia firme en autos y rechazó las excepciones planteadas por la parte demandada, disponiendo el pago de la liquidación aprobada. La Cámara Federal de Santa Fe confirmó la decisión, ordenando a la ANSES abonar los importes y rechazando las excepciones.

Ejecucion de sentencia Cosa juzgada Proceso ejecutivo Sentencia firme Cumplimiento Anses Excepcion de espera Liquidacion aprobada Excepcion de falta de accion Honorarios.


- Quién demanda: Graciela Farias

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de sentencia firme y pago de la liquidación aprobada.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución y se ordenó a la ANSES abonar los importes, rechazando las excepciones de falta de acción y espera.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que la negativa de la demandada a pagar, tras no haber impugnado la liquidación, constituye un incumplimiento de la sentencia firme. Se verificó que la demanda de ejecución fue interpuesta dentro de los plazos legales y que la ANSES no cumplió con la misma en el plazo establecido, por lo que procede la ejecución. Además, se rechazaron las excepciones de espera y de falta de acción, sustentando que la sentencia adquirió autoridad de cosa juzgada y que la ley prevé el cumplimiento en el plazo legal. Se resaltó que la negativa de la demandada carecía de sustento jurídico, y que la ley 24.463 y las normas procesales habilitan la ejecución en estos casos. La decisión también abordó la correcta aplicación de las normas de honorarios y costas, estableciendo que corresponden a la parte vencida, en línea con la jurisprudencia.

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