Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: OJEDA, EDUARDO RAMON s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.14)
La Cámara Federal de Santa Fe confirmó la condena de un año de prisión y multa de 2.000 pesos a Eduardo Ramón Ojeda por tenencia de estupefacientes, unificando la pena con otra sentencia previa y estableciendo reglas de conducta y costas.
¿Quién es el actor?
La Fiscalía Federal y el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe.
¿A quién se demanda?
Eduardo Ramón Ojeda.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La responsabilidad por tenencia de estupefacientes y la imposición de penas y multas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena de un año de prisión y multa de $2.000, unificando con sentencia anterior y estableciendo reglas de conducta y costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara verificó que el hecho ocurrió el 23 de enero de 2020, cuando Ojeda fue hallado con 6 gramos de cocaína en su poder en un control vehicular. Se acreditó que la sustancia es cocaína, según informe técnico y pruebas documentales, y que Ojeda tenía en su poder el estupefaciente en su esfera de custodia. Además, se consideró que la conducta encuadra en el art. 14, 1° párrafo, de la ley 23.737, por hallazgo fortuito en un control rutinario sin indicios de comercialización. La pena de un año de prisión y multa fue acordada en juicio abreviado, con la unificación de penas previas y reglas de conducta por dos años. La Cámara sostuvo que la figura del art. 14, 1° párrafo, de la ley 23.737, es adecuada para el caso, dado que la tenencia no fue por actividad de comercialización. La sentencia también ordenó la destrucción de las muestras y la devolución de elementos no vinculantes.
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